En todas la compras de inmuebles existen una serie de gastos e impuestos a los que debe hacer frente la parte compradora. Son los siguientes:
Además de los gastos anteriores, aplicables en todas las compraventas inmobiliarias, hay que tener en cuenta los gastos derivados de la formalización de la hipoteca.
Los recientes cambios en la normativa han limitado los gastos a los que debe hacer frente el comprador que solicita una hipoteca, y que ahora debe asumir el banco.
Hasta el 10 de noviembre de 2018, los clientes pagaban el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados, pero desde la entrada en vigor de un nuevo Decreto Ley del Gobierno lo asumen las entidades financieras. Esta partida depende de cada comunidad autónoma y era la más elevada. Podía variar entre los 1.500 y los 6.000 euros, en función del préstamo y de la comunidad en la que se encuentre la vivienda.
Con la entrada en vigor de la nueva Ley Hipotecaria el 16 de junio de 2019, son muchos otros los conceptos que deja de pagar el comprador: los gastos de notaría, gestoría y registro. Los únicos gastos a los que debe hacer frente para formalizar una hipoteca son el de tasación y las copias de notaría.
Fotocasa.es
Deja una respuesta